PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Agravación de enfermedad interpuesta por el abogado TULIO RAFAEL BARRETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 152.982, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FERNANDO JOSÉ GARCÍA LEÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-10.358.718, contra la COMPAÑÍA VENEZOLANA DE CERÁMICA C.A. (VENCERAMICA, C.A.). SEGUNDO: se condena a la parte demandada, sociedad mercantil COMPAÑÍA VENEZOLANA DE CERÁMICA C.A. (VENCERAMICA, C.A.), indemnizar al ciudadano FERNANDO JOSÉ GARCÍA LEÓN, anteriormente identificado, la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 70.000), por los conceptos detallados en la motiva de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.