Por todas las razones de hecho y de derecho aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Accidente de Trabajo incoara el ciudadano: MÁXIMO RAFAEL MEJÍAS MORENO, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.687.403, en contra de la Entidad de Trabajo INDUSTRIAS UNICÓN, C.A, plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena a la Empresa demandada a pagar la cantidad de: CUARENTA MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 40.000,00), de la manera como se indico en la parte motiva del presente fallo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Este Tribunal determina que la parte accionada debe ser condenada en cuanto a las c.....