PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente demanda por Fraude y Simulación Laboral por Tercerización interpuesta por los ciudadanos FRANCISCO JOSÉ CASTELLANO PARICA, ARMANDO JOSÉ PÉREZ, ISLEYER LILIANA GARCÍA GUERCIA, MARÍA ESTHER CORRALES JIMÉNEZ, GUSTAVO ENRIQUE MEJIAS ADAMES, RANDDY WLADIMIR TERÁN RIVAS y HERLEY EDUARDO QUIROZ VELASCO, titulares de la cédulas de identidad Nos. 9.089.125, 8.065.105, 18.701.058, 11.977.510, 3.693.285, 15.489.479 y 9.137.470, respectivamente, asistidos por el abogado ISVIEL ENRIQUE RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 116.971, contra las sociedades mercantiles VIGILANCIA COMERCIAL LUMIFA, C.A. y CENTRAL MADEREINSE, C.A. SEGUNDO: Se ordena remitir mediante oficio, las presentes actuaciones a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados Superiores del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay.