Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, DECLARA: INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, incoado por la sociedad mercantil INVERSIONES TENCUA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 07 de septiembre de 1988, bajo el N° 23, Tomo 85-A Sdo, contra la Nulidad de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA, de fecha 26 de marzo de 2010, emanada de la Inspectoria del Trabajo en los Municipios Ribas, Revenga, Santos Michelena, Tovar y Bolívar en el Estado Aragua.