este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en La Victoria, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo celebrado por las partes, contenido en esta acta de fecha 10/08/2011, de conformidad con los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 11 del Reglamento de la misma y en consecuencia declara el carácter de cosa juzgada. SEGUNDO: Visto el pago efectuado se ordena el cierre y archivo del expediente, remítase al archivo judicial para su resguardo y custodia. TERCERO: Se deja sin efecto la audiencia de juicio fijada para el día jueves veintidós (22) de septiembre de dos mil once (2011), a las dos y treinta (2:30 p.m.) de la tarde. CUARTO: No hay condenatoria en costas, visto el acuerdo alcanzado por las partes.