Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON COMPETENCIA EN TRANSICIÓN Y NUEVO RÉGIMEN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Enfermedad Ocupacional incoara la ciudadana: MARIA ELENA SEIJAS, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.482.511 en contra de la Sociedad de Comercio: ALFOMBRAS Y FIELTROS IBERIA C.A. (ALFICA), plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de: CUARENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA CÉNTIMOS (BSF. 41.170,80).