-VII-
DISPOSITIVA
Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por diferencia de beneficio de alimentación interpuesta por el ciudadano Luis Antonio Carrillo, titular de la cédula de identidad Nº 11.184.898, asistido por la abogada Griselys Rivas Pérez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 44.131, contra la empresa BRIGADA DE APOYO Y SEGURIDAD EMPRESARIAL, C.A. (BASECA). SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente demanda.
Se deja constancia que la presente audiencia de juicio, fue reproducida por los medios audiovisuales del Circuito de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA.....