Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda que por DIFERENCIA SALARIAL y OTROS CONCEPTOS incoara el ciudadano JULIO CÉSAR PACHECO TOVAR, cédula de identidad Nro. V-12.119.394, en contra de la ENTIDAD DE TRABAJO INVERSIONES AGROINDUSTRIALES LA VICTORIA, C.A., y solidariamente los ciudadanos HUGO A. MANRIQUE R. y GRACIELA MANRIQUE R., titulares de la cédula de identidad Nº V-4.398.872 y V-4.398.873 respectivamente, plenamente identificados en autos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo. ASÍ SE DECIDE.