Visto que las pruebas promovidas no ameritan evacuación, este Juzgado apertura el lapso de Informes el cual tendrá una duración de cinco (05) días de despacho siguientes a la fecha del presente auto, de conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
LA JUEZA,
DRA. MERCEDES CORONADO
LA SECRETARIA,
ABG. PAOLA MARTÍNEZ