PRIMERO: CONFESA a la parte demandada sociedad mercantil DISTRIBUIDORA LIBRORAMA, C.A, de conformidad con el segundo aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con relación a los hechos planteados por la parte demandante, en cuanto sea procedente en derecho la petición. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Cobro de Depósitos en Garantía (Prestaciones Sociales) y Otros Conceptos incoara el abogado REYES JOSÉ SANDOVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.299, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JHON AGUSTÍN SUAREZ AULAR, titular de la cédula de identidad Nº 3.069.401, contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA LIBRORAMA, C.A. TERCERO: Se CONDENA a la parte accionada, a cancelar al demandante, la suma total de QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS BOLÍVARES CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 579.992,49), establecida en la parte la motiva del presente fallo. CUARTO: Se ordena la corrección monetaria sob.....