Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA LA ACCIÓN, en la demanda que por Beneficios Laborales incoara el ciudadano: AMERICO SEGUNDO RIOS NAVARRO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.794.991en contra las Sociedades de Comercio INAR CONSTRUCCIONES C.A., PREMEZCLADOS DEL CENTRO C.A., TRANSPORTE Y TALLERES RANI C.A., INVERSIONES SERVINAR C.A e INVERSIONES EL PRADO C.A, plenamente identificados en autos.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.