COMPETENTE para conocer la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano NORWIS ALEXANDER GALEANO MATOS, titular de la cédula de identidad N° V-17.199.948, contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nro. 00263-14 de fecha quince (15) de abril del 2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastian, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua sede en Cagua Estado Aragua. En consecuencia, declara IMPROCEDENTE lo solicitado por el profesional del derecho LUÍS AUGUSTO AZUAJE, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 119.056, actuando en su carácter de apoderado judicial del tercero interesado entidad de trabajo NESTLÉ VENEZUELA, S.A.