-VII-
DISPOSITIVA
Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos que interpuso la abogada NATALYS MÁRQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 39.260, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MOISÉS JAVIER PÉREZ BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V-9.679.067, contra la entidad de trabajo TRANSPORTE RS 1954, C.A., plenamente identificado en autos. SEGUNDO: Se CONDENA a la parte accionada a pagar al ciudadano MOISÉS JAVIER PÉREZ BARRIOS la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs. 265.837,60), establecida en la parte motiva del presente fallo. TERCERO: N.....