Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer el presente el recurso de apelación, interpuesto por los abogados ANGEL RAFAEL MONCADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 72.059 y DIODORO JOSE PALMA, inscrito en el Instituto De Previsión Social del abogado bajo el N° 128.814, en su carácter de Apoderados judiciales de la ciudadana BEATRIZ ENRIQUETA MONCADO ALVAREZ, titular de la cedula de identidad N° V-8.808.872, en su condición de víctima, contra la decisión dictada en fecha tres (03) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), y publicada en fecha ocho (08) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), por el TRIBUNAL CUARTO (04°) DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CI.....