Declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada YOLI ABELINA TORRES FRANCO, Fiscala Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante el cual recurre de la decisión dictada en fecha 09/08/2003, por el Juzgado Cuarto de Control Circunscripcional, donde acordó libertad plena a los imputados, ciudadanos CARRILLO CAMPOS JOSÉ GREGORIO y WILKAYN ENRIQUE MALLORQUIN QUIÑONEZ. Se revoca la decisión recurrida, así como el auto de fecha 14 de agosto de 2003. CUARTO: Se decreta medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos CARRILLO CAMPOS JOSÉ GREGORIO y WILKAYN ENRIQUE MALLORQUIN QUIÑONEZ.