D I S P O S I T I V A
Por lo anteriormente expuesto y analizado, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE para conocer la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por la Abogada PATRICIA ESPINOZA OLIVO, en su carácter de Defensora Publica Undécima Penal del Estado Aragua.
SEGUNDO: Se DECLARA INADMISIBLE la acción de amparo constitucional planteada por la Abogada PATRICIA ESPINOZA OLIVO, en su carácter de Defensora Publica Undécima Penal del Estado Aragua del imputado GUSTAVO JOSE TEBRES, contra la decisión dictada en la causa 4J-2368-18, en fecha 05 de Febrero de 2020, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Cuarto (4°) de Juicio de Este Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Todo ello de conformidad con lo previsto en artículo 6 .....