ADMITE Y DECLARA CON LUGAR, la INHIBICIÓN expresada por el abogado DAVID GALLEGOS, en su carácter de Juez del Juzgado Octavo en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, por estar fundada en causal legal prevista en los artículos 89 numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal.