DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por la Abogada DELORY CONTRERAS TORO, en su carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Trigésima Primera (31°) y el Abogado ADOLFO JESUS LACRUZ MARACARA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Trigésimo Primero (31°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial Penal del estado Aragua, en contra de la decisión dictada en fecha veintiuno (21) de Junio de dos mil veintitrés (2023), en la causa signada 3C-24.651-2020 (nomenclatura interna de ese Juzgado de Instancia), por el Juzgado Terce.....