PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado: ADELSO DÍAZ DEPOOL, en su condición de FISCAL PROVISORIO DE LA FISCALÍA OCTAVA (08°) DEL MINISTERIO PÚBLICO, en contra de la decisión dictada en fecha veinticinco (25) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), por el TRIBUNAL TERCERO (03°) DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA en la causa signada bajo el N° DP-MA-S-0014-2023 (Nomenclatura de ese Tribunal de Municipal), mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado acordó entre otros pronunciamientos:
"...Es por las razones antes expuestas que este Tribunal Primero de de Control, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad ..."
TERCERO: Como consecuencia de la admisión,.....