DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación de autos ejercido por el Abogado GUILLERMO ANTONIO LINARES, en su condición de DEFENSA PRIVADA, del ciudadano JORGE TEOFILO CAYENNE ESCALONA, en contra de la decisión emitida en Audiencia de Apertura a Juicio Oral y Público de fecha dieciséis (16) del mes de Agosto del año dos mil veintitrés (2023), en la causa 7J-158-22, (nomenclatura interna de ese despacho de primera instancia).
TERCERO: Se CONFIRMA el pronunciamiento emitido por la Jueza del Tribunal Séptimo (07°) de Primera Instancia en Funciones de Juic.....