ÙNICO: DECLARA INADMISIBLE por EXTEMPORÁNEO, el recurso de apelación interpuesto por el abogado DIONNY MAY, en su condición de Defensor Público Nº 04 de la Sección Penal, adscrito a la Defensa Pública del Estado Aragua, en su carácter de defensor de los ciudadanos RANDY ALEJANDRO SILVA RODRIGUEZ Y SAUL ALBERTO NAVARRO RODRIGUEZ, mediante el cual recurre de la decisión dictada por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua., en fecha tres (03) de Noviembre del año 2018, en la cual acordó PRIVACIÓN DE LIBERTAD, contra de los ciudadanos RANDY ALEJANDRO SILVA RODRIGUEZ Y SAUL ALBERTO NAVARRO RODRIGUEZ, de conformidad con lo previsto en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de TRAFICO DE MATERIAL ESTRATEGICO, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.