PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE para conocer la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el abogado ELIEZER TORRES. SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE la acción de amparo constitucional planteada por el abogado ELIECER TORRES, en su condición de defensor privado de los imputados LENNY DEL VALLE GARCIA MARTÍNEZ y LUIS MAXIMILIANO MALLORQUIN PONCE, contra la decisión dictada en la causa 5C-19.894-19, en fecha 05 de Junio de 2019, por el Juzgado Quinto (5°) de Control Estadal de este Circuito Judicial Penal, en atención al contenido de los artículos 5, 13 y 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.