PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ROSARIO ANABEL OJEDA, en su carácter defensora del adolescente: (Identidad Omitida) SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en Audiencia Especial de presentación de Detenido, celebrada en fecha 13 de octubre de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en la cual entre otros pronunciamientos acordó: la Detención Judicial Preventiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 557 y 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en los artículos 414 del Código Penal respectivamente.