PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada KAREN GIOLEMAR NUÑEZ VINCI, en su condición de Fiscal Auxiliar Interino Décima Cuarta del Ministerio Público del estado Aragua, contra la decisión dictada en fecha 10 de febrero de 2016, por el Juzgado Octavo (8°) en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en el asunto signado con la nomenclatura 8C-SOL-2171-16, mediante la cual ordenó la entrega en Guarda y Custodia a la ciudadana HENMIR CAROLINA UTRERA RINCONES del vehículo MARCA: FORD, SERIAL DE CORROCERÍA: 8XDEU748X88A35926, SERIAL DE MOTOR: 8ª35926, MODELO: EXPLORER, TIPO: SPORT WAGON, CLASE: CAMIONETA, AÑO: 2008, COLOR: ROJO, PLACA: AA633UP, USO: PARTICULAR, por cuanto no existe dualidad de solicitantes. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal. Diarícese. Cúmplase.-