DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación de autos ejercido por la ciudadana YAJAIRA DIAZ ARZOLA, en su carácter de VICTIMA y QUERELLANTE, debidamente asistida por los abogados EINER ELIAS BIEL MORALES, LISBETH JOSEFINA BLANCO DE BIEL y MARLENE COROMOTO ARZOLA, en contra de la decisión dictada por el tribunal A-Quo de fecha veintiséis (26) del mes de Abril del año dos mil veintitrés (2023), en la causa 5C-SOL-4021-23, (nomenclatura interna de ese despacho de primera instancia).
TERCERO: Se CONFIRMA la decisión de fecha veintiséis (26) del mes d.....