PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Profesional del Derecho CARMEN RUEDA ROCHA, Defensora Pública del ciudadano BRICEÑO RIVAS CARLOS ALBERTO contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en fecha 07 de Diciembre de 2012, en la causa 10C-17.299-12. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 07 de Diciembre de 2012, mediante la cual, entre otras cosas: SE DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano BRICEÑO RIVAS CARLOS ALBERTO, por la presunta comisión de los delitos de EXTORSIÓN previsto y sancionado en el artículo 16 de de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión Y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOR, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 numerales 1 y 10de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor. Manteniéndose en este sentido la medida impuesta por el a-quo.