PRIMERO: ADMITE y DECLARA CON LUGAR la inhibición expresada por la Abogada CRISTINA ANTONIETA CASTILLO ARAUJO, del Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, con fundamento en los artículos 89 numeral 8, en concordancia con el artículo 90 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda notificar al Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, a quien le correspondió conocer del asunto seguido a Imputados LUIS ALBERTO RUJANO CHIRINOS y SOL LISSETTE CORRALES LINARES.