PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado RAFAEL MEDINA VILLALONGA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 61.150, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto de admisión de pruebas dictado por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 26 de noviembre de 2014.
SEGUNDO: SE MODIFICA el auto dictado por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 26 de noviembre de 2014, solo en lo que respecta a la oposición a la admisión de las pruebas indicadas en la presente decisión con los números 6, 7 y 8 (Denuncia Número 21 efectuado por ante el Cuerpo de Seguridad y Orden Público, Centro de Coordinación Policial de Maracay, Acta de Compromiso que de la Secretaria Sectorial del Poder Popular para la Pr.....