III. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudenciales expuestas ut supra, éste Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho formulado por el abogado ABG. GUZMAN AYUB VICTOR ABDALA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.911, actuando en su propio nombre y representación, contra el auto dictado en fecha 21 de mayo de 2014, donde el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, negó la apelación contra el auto de fecha 11 de febrero de 2014. Así se decide.
SEGUNDO: SE REVOCA, el auto de fecha 21 de mayo de 2014, (folio 41 y 42, y sus vueltos) dictado por el Juzgado Primero de Municipio Ordinar.....