VII. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho antes expresadas y en conformidad con los artículos 779, 585, 588, 599 y 601 del Código De Procedimiento Civil, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogado en ejercicio, Rafael Medina Villalonga, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 3.041.720, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61.150, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos RAMON ALBERTO GUEVARA DELGADO, JOSÉ RAFAEL GUEVARA DELGADO, MIRIAM CRISTINA GUEVARA DE VIELMA y LUIS GUILLERMO GUEVARA DELGADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.128.188, 3.513.290, 3.7.....