VI. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la Apelación interpuesta por el ciudadano PUBLIO SALAZAR MORALES, Abogado, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 1.605, en su carácter de Apoderado Judicial de la co-demandada MAPFRE LA SEGURIDAD DE SEGUROS (Seguros La Seguridad), en base a la motivación efectuada por este Tribunal Superior.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 12 de mayo de 2005, pero no lo hace en los términos expuestos en su motiva, sino en la motivación realizada por este Alzada.
TERCERO: No hay condenatoria en.....