En consecuencia, y visto que lo solicitado por los abogados se encuentra evidentemente establecido en la sentencia dictada en la presente causa, este Tribunal declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria del dispositivo del fallo de fecha 11 de enero de 2012, por no existir ambigüedad alguna. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y Sellada en esta Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los dieciséis (16) días del mes de enero del Año Dos Mil doce (2.012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DR. CARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
LA SECRETARIA,
ABG. FARANAZ ALÍ
En la misma fecha, se publicó el fallo anterior, siendo las 12:20 p.m. de la tarde LA.....