En consecuencia, esta alzada en aras de proteger la uniformidad de la jurisprudencia y en armonía con el artículo 101 del Código de Procedimiento Civil, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por el abogado Pedro Pérez Alzurut, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 419, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Roberto Navarro Negrin, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.455.464, contra la sentencia interlocutoria dictada por este tribunal en fecha 29 de enero de 2024, en la incidencia de recusación interpuesta por el abogado antes identificado, contra la Abg. Yzaida Josefina Marín Roche, Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua en el expediente Nro. 43.286 (nomenclatura interna de ese juzgado). Así se declara.
EL JUEZ SUPERIOR,
RAMÓN CARLOS GÁMEZ ROMÁN.
LA SECRETARIA,
LISENKA CASTILLO.
En la mism.....