VI. DECISION
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para que conozca de la presente demanda de tercería, presentada por los ciudadanos MARÍA EUGENIA PÉREZ HURTADO, YURAIMA MERCEDES HURTADO y JOSÉ MANUEL HURTADO, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.273.135, V- 7.210.885 y V-7.224.214, respectivamente, debidamente representados por la Abogada EGLIS J. HERNÁNDEZ G, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 76.927; y de la causa principal en el estado en que se encuentre, relativa a la Inquisición de pat.....