Por los fundamentos de hecho, de derecho y Jurisprudencial, antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia dictada EL TRIBUNAL UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA DE ATENAS, REPÚBLICA HELÉNICA, en fecha 16 de diciembre de 2014, número general de presentación 107053/2729/2014, y apostillada en fecha 10 de julio de 2015 en la ciudad de Atenas, bajo el N° 1211/2015, producto de la procedencia de la solicitud de exequátur formulada por la abogada María Gabriela Girón, inscrita en el inpreabogado bajo el N°226.239, actuando como apoderada judicial de la Sociedad Anónima SANAGA HOLDINGS INC, S.A. debidamente registrada por ante el Registro Mercantil de Panamá, folio N° 722776 (S) de fecha cuatro .....