V. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra señalado, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE MODIFICA la decisión de Interdicción Provisional dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 12 de junio de 2012, solo en lo que respecta a la denominación de la ciudadana CELESTINA RIO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 8.588.178, como tutor, siendo lo correcto tutor interino, de igual forma en la denominación de la ciudadana SILVIA ELEUTERIA SIVIRA RIOS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 8.810.522, como protutor interino, siendo lo correcto protutor y .....