III. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,DECLARA:
PRIMERO:IMPROCEDENTE el recurso de hechointerpuesto por el la abogada ANA KARINA APONTE CASTILLOinscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 117.889,contra el auto de fecha 03de abril de 2014, dictado por Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua
SEGUNDO:Remítase copia certificada de la presente decisión, al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua.
Déjese copia certificada conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado.....