Y por cuanto este Despacho solo tiene competencia de los hechos que ocurran en los Estados Aragua y Guárico, ya que su denominación es Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, y no para conocer de los hechos ocurridos en el Estado Carabobo, en consecuencia, este Tribunal Superior se declara Incompetente para conocer del presente caso, declarando la competente en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial Centro Norte, con sede en Valencia, Estado Carabobo, a quien se ordena remitir las presentes actuaciones