DECISIÓN
En razón de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Acción de Amparo interpuesta por el ciudadano VICTOR RAMÓN NAVARRO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. 11.177.952, contra la Sociedad Mercantil INVECA DE VENEZUELA, S.A. En consecuencia, se ordena a la citada empresa proceder al reenganche inmediato del trabajador accionante, a sus labores habituales y en las mismas condiciones que tenía para el momento de la separación de su cargo, con el correspondiente pago de los salarios caídos dejados de percibir desde la fecha de su írrito despido, es decir, desde el 11-02-08, hasta su efectiva y definitiva reincorporación a su puesto de trabajo, de conformidad con el artículo 454 de la Ley Orgá.....