Por las razones antes expuestas este JUZGADO SUPERIOR CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el procedimiento en el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con acción de amparo constitucional, intentado por los abogados Ana Elizabeth González Guzmán y Leonardo Acosta Fernández, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 70.428 y 27.265, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil GRUPO AQUASEV, C.A., inscrita en el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 8 de junio de 1990, bajo el N° 19, Tomo 74-A-Pro; contra las providencias administrativas S/N de fecha 20 de marzo de 2003, dictadas por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL.....