Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Central con Sede en Maracay, Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declarar Consumada la Perención y Extinguida la Instancia el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada NAIRÚ LIENDO, inscrita en el Inpreabogado Nro. 120.067, en su carácter de apoderada judicial de la INSTITUTO COOPERATIVO DE LA VIVIENDA DE ARAGUA (INVIVAR), contra la "COOPERATIVA CACIQUE SARAYAUTA 654", inscrita en la oficina subalterna de Registro Publico de los Municipios Ribas, Revenga, Santos Michelena, Tovar y Bolívar del Estado Aragua, bajo el Nro. 14, tomo 10. a tenor de lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
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