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Decisiones del dia 10/03/2010

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : QF-9897 N° Sentencia : Fecha: 10/03/2010
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
FRANCO DISSAPO CONTRA LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN GERONIMO DE GUAYABAL DEL ESTADO GUÁRICO
Resumen:
Ahora bien, el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, establece que la interposición del Recurso Contencioso Funcionarial deberá ser efectuada dentro del término de tres (3) meses contado a partir del "...día en el que se produjo el hecho que dió lugar a él...", lo cual, si no es observado estrictamente por el particular afectado por el hecho, supondrá la extinción de su derecho al accionar judicialmente. En el caso de autos, puede perfectamente evidenciarse que el recurrente fue despedido en fecha 30 de noviembre de 2008, e interpuso su Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial en fecha 12 de noviembre de 2009, tal y como antes se indicó, por tanto, el lapso de tres (3) meses a que se contrae la norma referida, había transcurrido con creses, en consecuencia se declara Inadmisible el presente recurso, de conformidad con el Artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Jus.....
Juez/Ponente:
Fernando José Marín Mosquera
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : QF-9894 N° Sentencia : Fecha: 10/03/2010
Procedimiento:
Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales)
Partes:
ANGELO FIGUEREDO, CONTRA LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN GERONIMO DE GUAYABAL.-
Resumen:
Ahora bien, el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, establece que la interposición del Recurso Contencioso Funcionarial deberá ser efectuada dentro del término de tres (3) meses contados a partir del "...día en el que se produjo el hecho que dio lugar a él...", lo cual, si no es observado estrictamente por el particular afectado por el hecho, supondrá la extinción de su derecho al accionar judicialmente. En el caso de autos, puede perfectamente evidenciarse que la recurrente recibió su último pago en fecha 30 de noviembre de 2008, e interpuso su Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial en fecha 12 de noviembre de 2009, tal y como antes se indico, por tanto, el lapso de tres (3) meses a que se contrae la norma referida, había transcurrido con creses, en consecuencia se declara Inadmisible el presente recurso, de conformidad con el Artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supr.....
Juez/Ponente:
Fernando José Marín Mosquera
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : QF-9888 N° Sentencia : Fecha: 10/03/2010
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
MARIA DEL ROSARIO PEREZ DE MARTINEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO 4.499.266, , CONTRA LA GOBERNACION DEL ESTADO GUARICO
Resumen:
Ahora bien, el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, establece que la interposición del Recurso Contencioso Funcionarial deberá ser efectuada dentro del término de tres (3) meses contados a partir del "...día en el que se produjo el hecho que dio lugar a él...", lo cual, si no es observado estrictamente por el particular afectado por el hecho, supondrá la extinción de su derecho al accionar judicialmente. En el caso de autos, puede perfectamente evidenciarse que la recurrente recibió su último pago en fecha 19 de noviembre de 2008, e interpuso su Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial en fecha 15 de junio de 2009, tal y como antes se indico, por tanto, el lapso de tres (3) meses a que se contrae la norma referida, había transcurrido con creses, en consecuencia se declara Inadmisible el presente recurso, de conformidad con el Artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo .....
Juez/Ponente:
Fernando José Marín Mosquera
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : QF-9900. N° Sentencia : Fecha: 10/03/2010
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
GERGES MONTILLA LICES, CONTRA ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN JERÓNIMO DE GUAYABAL DEL ESTADO GUÁRICO
Resumen:
Ahora bien, el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, establece que la interposición del Recurso Contencioso Funcionarial deberá ser efectuada dentro del término de tres (3) meses contado a partir del "...día en el que se produjo el hecho que dió lugar a él...", lo cual, si no es observado estrictamente por el particular afectado por el hecho, supondrá la extinción de su derecho al accionar judicialmente. En el caso de autos, puede perfectamente evidenciarse que el recurrente fue Removido en fecha 19 de mayo de 2009, tal y como lo señala el mismo en su escrito recusorio y se puede evidenciar al folio dos (02) e interpuso su Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial en fecha 12 de noviembre de 2009, tal y como antes se indicó, por tanto, el lapso de tres (3) meses a que se contrae la norma referida, había transcurrido con creses, en consecuencia se declara Inadmisible el presente recurso, de conformidad con el Artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función P.....
Juez/Ponente:
Fernando José Marín Mosquera
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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