Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Central con sede en Maracay Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declarar Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana AMPARO GÓMEZ VIETRI DE ROCHA, titular de la cédula de identidad N° 3.953.653; mediante Apoderado Judicial Gustavo Adolfo García Gadea, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.713; en contra de la Gobernación del Estado Guárico; a tenor de lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa .