Con fundamente a los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando con rango constitucional, declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JHONNATAN ZARATE PEREZ, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.682.926. Apoderada judicial Abogada ELIDA RUIZ, inscrita en el Instituto de previsión Social del abogado bajo el N° 8.984. Contra la EMPRESA SILIVEN EDIFICACIÓN, C.A., compañía anónima inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo en fecha 13 de septiembre del año 2000, bajo el N° 39, Tomo 70.
SEGUNDO: DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, correspondiente al Recurso de AMPARO CONSTITUCIONAL, por la incomparecencia .....