En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Que es competente para conocer del presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, interpuesto conjuntamente con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión Provisional de Efectos, por la Ciudadana Abogado: MARIA DE LOS ANGELES MACHUCA, actuando en su condición de Sindico Procurador del Municipio José Angel Lamas del Estado Aragua, contra la Providencia Administrativa Nº. 00057-07, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Estado Aragua, con sede en Cagua, en 27 de Marzo de 2006, en el que se declara Con Lugar la Solicitud de Reenganche y pago de los Salarios Caídos del Ciudadano: Natividad del Valle Fuente.
SEGUNDO: ADMITE e.....