Esta circunstancia tiene importantes consecuencias respecto a la presente causa, pues, se habrá verificado una patente y franca "motivación inadecuada" de la decisión administrativa, la cual, supone una incuestionable nulidad absoluta del acto administrativo, pues, no es posible que esta sede judicial pudiere sustituirse en la Administración y efectuar alguna operación intelectual que diera con el modo en que la administración pudo haber llegado a tal conclusión, pues, la potestad pública en la materia es de la Administración y no puede pretenderse, en sede judicial, que se pueda establecer qué motivos pudo haber tenido la Administración cuando no los señaló en el texto del acto ni pueden extraerse de la documentación cursante al expediente administrativo respectivo, el cual, y en particular en lo que respecta al Informe Técnico para el Procedimiento de Regulación de Alquileres, cursante a los folios 73 al 81 de la presente causa, tampoco denota de qué modo se estableció ese Valor Tot.....