Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que conforman la causa N° 2C-38.420-21, este Tribunal Segundo en función de Control Estadal del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PUNTO PREVIO: Se decreta SIN LUGAR la NULIDAD DE LAS ACTUACIONES solicitada por la defensa privada ABG. IVAN VASQUEZ de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal PRIMERO: Se califica la aprehensión de los ciudadanos ELIO DAVID PEREZ OLIVARES titular de la cedula de identidad N° V-20.453.616 como LEGITIMA según sentencia 526 de Sala Constitucional, con ponencia del Magistrado Iván Rincón Urdaneta de fecha 09-04-2001 sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Ratificada en sentencia Nº 274 de fecha 19-02-2002 con ponencia del Magistrado José Manuel Delgado Ocando SEGUNDO: Se acuerda continuar la investigación por l.....