El Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, oídas las intervenciones de las partes, acuerda emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admitir la Acusación presentada por la Fiscalía Décimo Novena del Ministerio Público del Estado Aragua, contra el Ciudadano LEON CANELON LIONERGE ANTONIO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 25.547.703, soltero, residenciado en: La Colonia Tovar, Sector San Luis, Casa Sin Número, Municipio José Félix Rivas, Estado Aragua, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 31, Párrafo Cuarto de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, así como los medios probatorios ofrecidos por la Representante Fiscal, dada su licitud, necesidad y pertinencia e igualmente la adhesión a ellas por parte de la Defensa, en base al Principio de la Co.....