CUARTO: Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Cuarto de Control administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ORDENA librar la respectiva ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano ALEXIS ANTONIO SÁNCHEZ GARCIA , Titular de la Cédula de Identidad N° V- 2.962.422, todo de conformidad con el articulo 250 en sus tres ordinales del CÓDIGO ORGANICO PROCESAL PENAL en relación con el artículo 44 Ordinal 1 de la Constitución , por tratarse de un hecho que prevé pena corporal , que no esta prescrito y donde existen elementos que los vinculan al los mencionados ciudadanos con el hecho investigado tipificado como Apropiación Indebida Calificada , previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal vigente para la fecha de la denuncia , y así se decide.
Diarícese , Déjese copia . Remítase al Fiscal Quinto de.....