Por todo lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal Cuarto de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela ACUERDA NEGAR EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN, decretada a favor del ciudadano DIEGO JOSE GONZALEZ TOVAR, plenamente identificado en las actas del proceso. Cúmplase, notifíquese.